Una modificación al Código Penal sancionada por el presidente Ricardo Martinelli aumenta sanciones de prisión de uno a tres años o su equivalente a días multa o arresto de fines de semana, a quien o quienes sin autorización ocupen total o parcialmente un inmueble, terreno o edificación ajena.
La norma también abarca a quienes promuevan el hecho o incite este tipo de delito con igual periodos de prisión al mencionado. La misma ordenanza se aplica para cuando el hecho se cometa en áreas colindantes con quebradas, ríos o fuentes de agua o zona declarada como área protegida o zonas ecológicas.
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