La Superintendencia de Seguros y Reaseguros tomó el control de la reaseguradora Istmo Re tras haber conocido de su situación desde el primer trimestre de 2016
La Superintendencia de Seguros y Reaseguros intervino este viernes 9 de diciembre a Istmo Compañía de Reaseguros (Reaseguradora del Istmo, S.A.).
Itsmo Re no tiene patrimonio para hacer frente a las primas netas retenidas, los activos son insuficientes para satisfacer sus pasivos y las recientes bajas en la calificación de riesgo de solidez financiera y de crédito de contraparte fueron las razones que motivaron a la Superintendencia de Seguros a intervenir la empresa cuyo estado financiero ya se había delatado a la opinión pública por el no pago de una prima de más de $6 millones a un cliente mexicano.
La Superintendencia designó como miembros de la junta directiva de la reaseguradora a Sergio Hinestrosa, licenciado en administración de empresas de nacionalidad colombiana, a Vivian Dutari y a Guido Ballivián, experto en reaseguros.
La Superintendencia realizó un análisis de los estados financieros auditados al 31 de diciembre de 2015, así como de los no auditados al 30 de septiembre de 2016, aunado a un estudio de los casos presentados por afectados y publicaciones de agencias de calificación, al igual que secuestros presentados contra bienes de la reaseguradora que tiene oficinas en toda América Latina e Irlanda.
La intervención durará como máximo 180 días, prorrogables, tal como lo señala el artículo 52 de la Ley 63 de 1996 que regula la actividad.
La empresa había sido demandada por el grupo mexicano Aseguradora Interacciones, supuestamente por falsear los estados financieros publicados en la Bolsa de Valores de Panamá, en donde fueron suspendidas las negociaciones desde ayer. Antes, la empresa decidió en junta directiva deslistarse de la Bolsa de Valores.
La resolución de la Superintendencia de Seguros al analizar la relación de activos y pasivos de la empresa reveló que al 30 de septiembre de 2016 los activos totales ascienden a $280,165,053, pero se reduce a $142,126,081 al descontar aquellas partidas que conforme a las mejores prácticas de la industria de seguros se consideran no líquidas.
El total de pasivos de la empresa, según la Superintendencia, es de $155,912,430, por lo que la relación de activos y pasivos es de 0.91, índice que debe ser igual a 1, lo que indica que los activos no son suficientes para satisfacer íntegramente los pasivos, según lo que dicta la ley.
El regente detectó además que la prima neta retenida al 30 de septiembre del corriente ascendía a $27,209,596 versus el patrimonio neto tangible negativo calculado en $3,452,824, lo cual incumple, según la Superintendencia de Seguros, con el artículo 31 de la Ley 63 de 19 septiembre de 1996 (que rige la actividad), que establece la obligación de mantener una relación no mayor de 5 a 1 entre las primas netas retenidas y su patrimonio neto tangible.
Las primas de la empresa se han reducido 79% en tan solo nueve meses. La pérdida neta en este tiempo asciende a $28,849,262. Aunado a esto, la reaseguradora reflejó pérdidas en sus estados financieros auditados al cierre del 2015 por más de $5 millones.
La resolución de la Superintendencia de Seguros tomó en consideración la baja en la calificación de riesgo que sufrió Istmo Re por Standar and Poors quien calificó a BBB- de BBB en mayo, y en noviembre volvió a bajar su calificación a BB de BBB, perdiendo el riesgo de solidez financiera y de crédito de contraparte.
A.M. Best también disminuyó la calificación de la empresa en agosto pasado a B++ de A-, y la crediticia de emisor a ‘bbb' de ‘a'-.
En septiembre pasado, Istmo Re entregó a la Superintendencia de Seguros un plan de acción que trazaría los pasos a seguir para la venta de activos y la cancelación de deudas para mejorar la situación financiera de la empresa. No obstante, al 1 de diciembre, no se había ejecutado ninguna de las etapas de la hoja de ruta, a pesar de que el plan daba un plazo de tres meses.
Producto de las finanzas de la empresa, se ha incurrido en el retraso o no pago de siniestros a compañías aseguradoras en Panamá y el extranjero, situación que va en detrimento de los intereses de los reasegurados, según el criterio de la Superintendencia. Por tal razón, se recomendó el 1 de diciembre la intervención de la empresa por las causales en los numerales 3,5, y 6 del artículo 47 de la ley. Estos artículos señalan la incapacidad de la empresa para cubrir las primas retenidas y patrimonio neto, y la incapacidad de la empresa en seguir sus operaciones sin que corran peligro los reasegurados.
En la resolución se estipula que Istmo Re no puede ser sujeto de secuestro, embargo o retención ni procederá solicitud de quiebra o liquidación forzosa, así como se suspende la prescripción de sus créditos y deudas. Tampoco podrá pagarse deuda de Istmo Re originada con anterioridad a la intervención sin la autorización de la junta directiva, y mientras dure la intervención ningún bien de la reaseguradora podrá ser secuestrado ni embargado.
Entre las facultades otorgadas a los interventores se señala la potestad de suspender o limitar el pago de obligaciones de la empresa por un plazo que no exceda la intervención, emplear personal auxiliar y remover o destituir a los funcionarios que no fuesen estrictamente necesarios, iniciar acciones judiciales, entre otras.
La empresa podrá objetar la decisión de la intervención a través de un recurso ante la Sala Tercera en los siguientes diez días hábiles.
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