El juez Edwin Torres del Distrito Sur de la Florida consideró que el caso del expresidente no es especial, y que no existe suma económica capaz de resarcir el daño a Estados Unidos en caso de que se viole la fianza
El juez Edwin Torres del Distrito Sur de la Florida, fijó la audiencia de extradicióndel expresidente Ricardo Martinelli, para el 25 de julio próximo.
Con esto, Torres negó a la defensa del exmandatario una fianza de excarcelación (que intentó por distintas formas) mientras transcurría el proceso. Ahora deberá esperar al menos 20 días más en prisión hasta la primera, de varias audiencias que formarán el proceso para traer a Panamá a Ricardo Martinelli requerido por 4 delitos, entre ellos, el de inviolabilidad de las conversaciones privadas.
El fallo emitido en la tarde de ayer por el juez Torres, representa un duro golpe para el equipo de abogados del expresidente, conformado por al menos 6 panameños y dos estadounidenses, que a penas el jueves intentaban conseguir la fianza para su cliente alegando “falsas declaraciones” en la petición de extradición.
La decisión del juez no es apelable puesto que en el proceso de extradición no cabe una fianza. El propio juez señala que no se trata de un asunto penal, sino administrativo.
Como una deferencia hacia Martinelli, tal como lo había dicho en la audiencia del 20 de junio, hará una extradición expedita para que Martinelli
En el fallo de 49 páginas, Torres explica que este caso de extradición solicitado por el gobierno panameño y aprobado por el Departamento de Estado de Estados Unidos, se fundamenta en las acusaciones que efectuó la Corte Suprema de Justicia de Panamá con respecto a las violaciones efectuadas por el expresiente mientras gobernaba el país.
Martinelli, un hombre rico con intereses comerciales en muchos países, dejó Panamá y viajó a Estados Unidos donde en 2015 solicitó un asilo que aún está pendiente de resolver.
Mientras se resuelve la aplicación, continúa el fallo, el Departamento de Estado y la oficina del Fiscal en Miami, solicitaron la detención y extradición a Panamá de Martinelli basándose en varios tratados bilaterales.
Contrario a lo que algunos desearían que se modernicen los tratados por la vía del Congreso, la ley que rige los procesos de extradición se mantiene firme y atada a sus raíces con los mismos principios en el siglo XXI.
Desafortunadamente para el presidente Martinelli, estos principios están muy bien enraizados en el sentido de que una fianza en un caso de extradición, se otorga únicamente en casos con circunstancias especiales o cuando la justicia es absolutamente perentoria.
En este sentido, la Corte ha revisado toda la literatura para determinar si existe algún caso raro en el que se haya otorgado fianza bajo estos principios.
NO ES CASO ESPECIAL
Según los alegatos que ha efectuado la defensa para lograr la fianza, no es posible otorgarla. Concluidos en vez que la necesidad de implementar el tratado de extradición binacional para preservar el rol de la correcta administración de justicia ya que se mantenga detenido hasta que el proceso de extradición se complete.
Parafraseando un fallo emitido hace casi 50 años en un caso similar, decía que no existe suma de dinero que pueda reparar el daño que pueda causar a Estados Unidos la violación de una fianza y la imposibilidad de entregar a la persona requerida. La obligación de Estados Unidos con Panamá sobre el tratado de extradición es de suma importancia.
Con esto, el juez parece responder al jugoso paquete de fianza que ofreció el expresidente (7 millones respaldados con bienes, pago a los guaridas jubilados que lo cuidarían, control de sus medios de transporte, permanecer en casa con un brazalete electrónico), antes de que se celebrara la audiencia del 20 de junio que buscaba convencer al juez de la fianza solicitada.
Torres expone a Martinelli las alternativas por las que puede optar. Explica en el fallo que el presidente Martinelli, es por supuesto libre de renunciar al proceso de extradición y volver a Panamá lo antes posible para solicitar en su país la fianza. O también, explica, puede optar por recurrir a todo el proceso de extradición al que tiene derecho bajo el sistema norteamericano para evitar ser extraditado.
Como deferencia a Martinelli, la Corte ha preparado un proceso expedito de extradición bajo la ley internacional aprobada por el Departamento de Estado para extraditar a las personas requeridas por gobiernos extranjeros. “Nuestra ley presume que la Corte debe dar al defendido una custodia hasta que dicha entrega se concrete. Así lo intenta hacer esta Corte”, se lee.
El juez añade que la fecha de audiencia puede ser modificada si las partes se ponen de acuerdo, de no haberlo hecho, la fecha sería el 25 de julio.
REACCIÓN DE MARTINELLI
En un breve comunicado, el expresidente reaccionó a la decisión del juez Torres: “La decisión de no acoger la solicitud de fianza y de avanzar en el proceso político solicitado por Panamá, no disminuye mi confianza en el Estado de derecho que caracteriza la democracia de Estados Unidos. Con el fin de lograr revertir los efectos jurídicos de ambas decisiones, a través de mis abogados tanto en Panamá como en Estados Unidos, haré uso de todos los recursos a mi alcance, en todas las instancias”, se lee.
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