Asep se resiste a revelar nombres de funcionarios

Existen 15 excolaboradores de Cable and Wireless que son funcionarios de Asep. Una empresa, que denuncia tráfico de influencias, inquirió los nombres pero la reguladora respondió que es "información confidencial"

Entrar al mercado como proveedor de internet no ha sido tarea fácil para los nuevos actores. Un concesionario de internet de fibra óptica, Interfast, denunció a La Estrella de Panamá supuestas irregularidades en el desempeño de la Autoridad de los Servicios Públicos (Asep) -regulador- que se traducen en el tiempo que tarda la entidad en atender sus solicitudes vs las de sus competidores, a quienes da respuesta “de forma expedita”.

Aunado a esto, la empresa se queja de “trafico de influencias que se evidencia en los 15 excolaboradores de Cable and Wireless (C&W) que ahora trabajan en posiciones estratégicas en la Asep, y viceversa”.

Según Interfast, el trato poco equitativo del regulador, obstaculiza su labor en la instalación de cables en la calle que ha causado un litigio legal entre CW e Interfast.

La primera arguye que Interfast que ha violado las disposiciones legales vigentes por utilizar los ductos de C&W sin contar con la autorización de la empresa, y sin pagar por su uso. Como consecuencia, interpuso una demanda penal en contra del nuevo actor del mercado.

Para Interfast, la querella de C&W “es una acción temeraria, que solo persigue destruir un nuevo competidor que viene con una red de 100% fibra óptica y ofreciendo velocidades superiores a las existentes en el mercado”.

Interfast reclama que existen “16 resoluciones emitidas por la ASEP en las que reconoce el derecho de los usuarios de acceder el servicio de su escogencia, y declaró libre acceso los ductos para instalaciones dentro de los edificios. En múltiples ocasiones ASEP otorgó medidas de acceso a favor de C&W, pero cuando Interfast denuncia y solicita acceso, la ASEP omite sus funciones a favor de C&W, poniendo el interés particular de este concesionario sobre el interés publico de nuestros usuarios”, indicó.

En este momento, se culmina la obra civil del soterramiento de cables. Un proyecto ejecutado por la Compañía para el Soterramiento de Cables, S.A.

José Quirós, gerente de la empresa, indicó que aproximadamente en noviembre de este año culminará la fase en el sector de Obarrio. “En ese momento los cables aéreos que existen de operadores se soterrarán, y los nuevos actores podrán tener acceso a estas cámaras”, manifestó el funcionario.

El permiso, tendrá que emitirlo la Asep. Según Quirós, se ha solicitado a las empresas que envíen las solicitudes a la Asep para garantizar la igualdad de acceso a las mismas oportunidades, ya que el diseño ha incluido espacio para la infraestructura existente y para los nuevos actores. “Hay suficiente para dar paso a todos los operadores”, dijo.

CONFLICTO DE INTERÉS
Como parte de sus sospechas la empresa Interfast solicitó a la Asep, en marzo de 2017 -basado en la Ley de Transparencia-, la lista de colaboradores que antes habían trabajado en C&W. Pero Asep se negó a responder la inquietud de Interfast.

Ante la insistencia de la Autoridad Nacional Transparencia y Acceso a la Información, la Asep soltó que se trata de 15 personas, no obstante, no proporcionó los nombres y cargos que ocupan en el regulador. Para justificar la reserva, la entidad se acogió al artículo 5 de la Ley de Transparencia (Ley 6 de 22 de enero de 2002) que califica como confidenciales los datos médicos y psicológicos de las personas, la vida íntima, los asuntos familiares, su historial penal, su orientación sexual, correspondencia o conversaciones telefónicas (...) y la información contenida en los expedientes de personal o de recursos humanos de los funcionarios.

La Estrella de Panamá inquirió a la Asep con la misma duda, y las fechas en que fueron contratadas estas personas en el sistema público. Para sorpresa de este medio, la entidad respondió que desde 2014, se contrató a un funcionario que ocupa el cargo de Jefe del Departamento de Infraestructura en la Dirección Nacional de Telecomunicaciones.

Curioso es que en el portal de la entidad reguladora, el administrador, Roberto Meana, no tiene reparo en hacer pública su hoja de vida en la que se detalla su experiencia en el sector privado como vicepresidente de Asuntos Legales de la empresa telefónica BellSouth Panamá y en Telefónica Móviles de Panamá (Movistar Panamá).

En el portal de la Asep, no solo aparece la hoja de vida del administrador Roberto Meana, sino la de otros 4 ejecutivos de alto rango en las que se publica su pasado laboral.

A criterio del jurista Juan Carlos Araúz esto representa un conflicto de intereses. No solo por el rol que puedan ejercer desde la nueva posición los funcionarios, sino porque el ente regulador se reserva los cargos y nombres.

“Esta corriente de tener actividades que regulan deberían tener independencia absoluta en el perfil de quienes hacen las inspecciones hasta quienes solicitan adecuaciones a lo que la ley exige como controles”, señala el letrado.

Por lo anterior, no debe ser una información confidencial, al contrario, señala Araúz, “debería ser puesta a la luz publica por su rol de regulador para garantizar la objetividad de la supervisión que el Estado realiza. Bajo ningún concepto esa información entra en lo confidencial”, según el abogado.

Añadió que la excesiva familiaridad entre el rol de regulador siempre va a tener la posibilidad de que la actividad estatal se vea aminorada y el carácter subjetivo no es otra cosa que empañar la labor de supervisión.

Mostrar el pasado de un funcionario también se correlaciona con las credenciales con las que debe contar el aspirante para ocupar el cargo. “Es la esencia misma de la función de regulador, no puede guardar nada y menos a vínculos con empresas que están siendo vigiladas por mandato de ley”, ahonda Araúz.

SOTERRAMIENTO DE CABLES
Otro punto que debate la empresa afectada es si la Compañía de Soterramiento de Cables (CSC) es de carácter público o privado.

Esto en función de que Interfast alega que la infraestrcutra que debía construirse es financiada con fondos públicos provenientes de la tasa de soterramiento y de los ingresos que percibe el Estado por asignación de Frecuencias.

En todo caso, según el criterio de Interfast, la infraestructura debe estar disponible para todos los operadores y no ha sido así porque C&W controla dicha infraestructura. Se queja de que C&W y Ufinet (ambos socios de la Compañía para el soterramiento de Cables) administran toda la infraestructura y ductos de calle para instalación de cableado de los demás operadores.

Ante esto, C&W insiste en que “brinda a los demás concesionarios de telecomunicaciones acceso a sus ductos en condiciones igualitarias y no discriminatorias, en cumplimiento de la normativa vigente”.

Recientemente la Asep, sancionó a Interfast con $50 mil y le ordenó retirar los cables de fibra óptica que mantienen en el interior de las cámaras subterráneas de C&W. Por otro lado, ordenó a ambas concesionarias que inicien un contrato de cesión de uso de los derechos de paso en infraestructuras aéreas y subterráneas.

La Asep y la CSC respondieron a este diario que la empresa es de carácter privado.

No obstante, la Antai recurrió al procurador de la Administración, Rigoberto González Montenegro, para que defina la condición de la CSC. En nota enviada en octubre pasado, Montenegro consideró que la empresa esta sujeta a los mecanismos de control de legalidad en la vía gubernativa y en la esfera judicial. Es decir, que la empresa, a pesar de ser una sociedad anónima, presta servicios públicos y fue creada para actuar de conformidad con la Ley No. 15 de 26 de abril de 2012, lo que la obliga a proporcionar información de acceso público que repose en bases de datos o registros, siempre que ese acceso no haya sido limitado por disposición escrita y por mandato de la Ley.

El departamento de asesoría de la Procuraduría de la Administración puntualizó que lo que obligaría a la CSC a cumplir con la Ley de Transparencia es la calidad del servicio que prestan, uno público. En tanto, la información debe revestir el carácter. El despacho de la Procuraduría se basa en el artículo 43 de la Constitución: “toda persona tiene derecho a solicitar información de acceso público o de interés colectivo que repose en bases de datos o registros a cargo de servidores públicos o de personas privadas que presten servicios públicos”.

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