NG Power interpuso un recurso ante la Corte para que se arreste a Roberto Meana, director de la Asep, mientras dure la renuencia a cumplir un fallo
La empresa NG Power, S.A. solicitó que se declare en desacato y se ordene el arresto de Roberto Meana, administrador de la Autoridad Nacional de los Servicios Públicos, por su renuencia a cumplir la orden judicial contenida en la sentencia del 20 de diciembre de 2017, dictada por el Pleno de la Corte Suprema de Justicia (CSJ).
La acción de la empresa parece ser la gota que derrama el vaso, tras tres años de diferencias con el regulador, a quien la empresa acusa de obstaculizarle la vía al mercado de generación de gas natural. El regulador, en cambio considera que la empresa no ha cumplido con el contrato.
En el documento que fue entregado ayer en la Corte, la empresa argumenta que esta entidad ordenó al funcionario otorgar un plazo de 150 días para presentar el cierre financiero, según se plasmó en la sentencia de mayo de 2017.
A pesar de que el administrador de la Asep estaba notificado sobre el plazo, según el recurso, dictó una resolución en la que resolvió declarar vencido el plazo para la presentación de dicho cierre, cual se mantuvo vigente hasta el 13 de octubre de 2017.
Este medio consultó a la Asep acerca de la medida en su contra, pero el departamento de comunicación indicó que la entidad no emitirá criterio con relación a este tema, en virtud de que se encuentra en proceso en las instancias correspondientes.
NG Power alega que la decisión de Meana de no otorgar el plazo referido, contravino lo ordenado por los magistrados, por tanto, es culpable de desacato según el artículo 1932 del Código Judicial.
“El funcionario Roberto Meana Melendez, ha desobedecido abiertamente la ordenado por el Pleno de la CSJ, de forma abierta y desafiante, por lo que de acuerdo con la ley, es culpable de desacato y se debe ordenarsu arresto hasta que cumpla con orden judicial”, se lee en el papel.
Añade que la actitud del funcionario, al negarse a otorgar el plazo financiero a pesar de que le fue ordenado por la CSJ, “no sólo constituye una afrenta a una decisión judicial en firme y ejecutoriada; inaceptable en un Estado de derecho; sino que además causa serios y graves perjuicios a Panamá Ng Power, S.A., y una clara extralimitación de funciones”.
Por tal razón, solicitan a los magistrados declaren en desacato a Meana, por su negativa de acatar y cumplir la orden de la Corte en su sentencia del 20 de diciembre de 2017.
El 6 de diciembre de 2017, la Asep emitió una Resolución en la que declaró que la empresa no había cumplido con lo establecido en el contrato y tampoco con el cierre financiero para la construcción y operación del proyecto que fue adjudicado en 2014.
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