La defensa de Ricardo Martinelli alegaba cosa juzgada por 3 querellas presentadas en la Asamblea entre 2011-2013. El Pleno de la Corte, por votación unánime, consideró que se trata de hechos y personas distintas
El Pleno de la Corte Suprema de Justicia en función de apelación, tardó más de cinco horas para rechazar el recurso de nulidad por doble juzgamiento anunciado por la defensa del expresidente Ricardo Martinelli ante el juez de garantías Jerónimo Mejía.
Los magistrados, en forma unánime, consideraron que no se configura el principio de “non bis in ídem” o cosa juzgada, ya que en el presente caso “no se cumplen los elementos mínimos que se adecuén a esta doctrina, puesto que se trata de hechos distintos y personas diferentes”.
Carlos Carrillo, apoderado de Martinelli, alegó que en 2011 la Asamblea Nacional desestimó tres querellas por interceptaciones telefónicas ilegales. Una de ellas en perjuicio de Juan Jované, Alberto Guardia y otros; otra querella interpuesta por el entonces presidente del Partido Popular, Carlos Ernesto González, y una tercera que interpuso Luis Ernesto Carles (quien fungió como ministro de Trabajo 2009-2011).
Par a el Pleno, las resoluciones de la Comisión de Credenciales, no se admitieron y las denuncias se archivaron por falta de pruebas. Aunado a esto, no coinciden con los hechos en la carpetilla 138-15 que se le sigue al exmandatario. Por lo tanto, no se puede hablar de doble juzgamiento.
El Pleno actuó en ausencia del exmandatario Ricardo Martinelli, quien nuevamente se encuentra incapacitado por 24 horas adicionales a las 72 horas ya concedidas el lunes pasado. Pero eso, no fue obstáculo para se vieran llegar a la Corte varias patrullas y linces que transportaban al detenido para que presentara el papel que prolongaba su incapacidad.
Su abogado, Carlos Carillo, señaló a los medios que se trataba de un dolor molar, pero sin precisar la dolencia del expresidente. Este medio conoció que se debió a un corte de sutura de la extracción de una muela. En todo caso, para De León, no fue una excusa para suspender la audiencia.
Ante el Pleno, lo primero que hizo Carrillo fue desistir del recurso de hecho que también se debía dirimir ayer, ya que la Corte tomó decisión previa sobre la recusación contra el magistrado Mejía. Esta moción fue aceptada por el Pleno.
Seguidamente, Carrillo argumentó sobre el “non bis in ídem” o doble juzgamiento. Comenzó por enunciar la separación de poderes y las funciones que tiene el Órgano Legislativo, la facultad que tiene la Comisión de Credenciales para juzgar a magistrados y presidentes en ejercicio. En este aspecto, dijo que el juez Mejía infringió la norma al descartar lo actuado por esta Comisión, que archivó tres denuncias en contra de su cliente. Añadió que el caso en cuestión es cosa juzgada, ya que desde el momento en que se presenta la acción penal se da inicio al proceso.
“Hubo tres denuncias (en la Asamblea Nacional) presentadas por líderes sindicales. Dos resueltas en enero de 2011 y una en abril de 2013. En esta última se hacía énfasis que en el Consejo de Seguridad se habían efectuado intervenciones”, señaló Carrillo, quien agregó que se ordenó el archivo de las mismas.
Por lo anterior, solicitó al Pleno se anule la decisión del juez de garantías de no admitir cosa juzgada.
Después llegó el turno al fiscal Harry Díaz, quien aclaró que la incapacidad de Martinelli vencía ayer a la 1 de la tarde.
Precisó que la versión de la defensa no es correcta, ya que para que exista un doble juzgamiento es necesario que se conjuguen tres elementos: identidad de las partes, el mismo hecho y que el proceso haya concluido en una sentencia o sobreseimiento. “Ninguno de estos hechos coinciden con lo que reclama la defensa, solo que se trata de la misma persona, Ricardo Martinelli”, dijo el fiscal, quien solicitó se confirme la decisión de Mejía.
Mientras que el vocero de los querellantes, Carlos Herrera, reforzó las palabras del fiscal en cuanto a la trilogía procesal y solicitó al Pleno se reniegue la apelación de la defensa y se confirme lo actuado por el juez.
David Cuevas, abogado del querellante autónomo Rosendo Rivera, recordó que dos de las querellas presentadas en la Comisión de Credenciales se recibieron el 3 de enero de 2011 y se desestimaron dos días después. La tercera, contra el Consejo de Seguridad, fue presentada en marzo de 2013 y archivada en abril del mismo año. Qué investigación pudo haber hecho la Comisión en dos días o un mes, se preguntó Cuevas. El abogado solicitó que se le llame la atención a la defensa por prácticas dilatorias en el proceso.
En audiencia del 4 de julio pasado, el magistrado Mejía decidió que para se declare cosa juzgada, debe existir una sentencia en firme o un auto de sobreseimiento, pero no fue así en el caso de la Asamblea donde se archivaron los expedientes. Carillo apeló la decisión de Mejía.
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