El fiscal Harry Díaz sustentó ayer, durante la audiencia intermedia, la acusación en contra del expresidente Ricardo Martinelli por cuatro delitos que pretende probar con 74 testimonios y basta documentación
La fiscalía detalló 4 cargos, en calidad de autor, que presuntamente cometió Martinelli: inviolabilidad del secreto y derecho a la intimidad (interceptación de telecomunicaciones sin autorización judicial, pena de 4 años de prisión) contemplados en el artículo 167 del Código Penal; seguimiento, persecución y vigilancia sin autorización judicial contenidas en el artículo 168 (pena de 4 años de prisión); contra la administración pública en diferentes formas de peculado (por sustracción o malversación, pena de 10 años de prisión, y peculado de uso que tiene un agravante de 3 años).
Para probar estos delitos, Díaz presentó 74 pruebas testimoniales, 48 pruebas documentales y 72 documentos que seutilizarán en el juicio oral como ayuda a memoria.
Además, hizo entrega al juez de garantías Jerónimo Mejía, un sobre cerrado proveniente del Ministerio Público en el que se tienen los datos para ubicar al testigo protegido que intervendrá en el proceso. De igual forma, proporcionó al juez la Resolución emitida por la Sala Penal, mediante la cual se ordena al fiscal Marcelino Aguilar la reserva de 7 cuadernillos que deben ser reproducidos en caso necesario y que lo disponga el tribunal.
Fue al regreso del receso, pasadas las cinco de la tarde, cuando el juez otorgó la palabra al Fiscal para que presentara la acusación. Unos segundos antes, el abogado de la defensa, Sidney Sittón, pretendía presentar una advertencia de inconstitucionalidad. Sin embargo, el juez no le permitió, puesto que el turno del fiscal había sido concedido con antelación.
La acusación es uno de los momentos más relevantes en este tipo de procesos. Es cuando se convienen las reglas del juego que se emplearán posteriormente, durante el juicio. Es en esta etapa cuando la defensa puede objetar la acusación efectuada por la Fiscalía, y por el querellante autónomo Rosendo Rivera, quien mantuvo una acusación muy similar a la presentada por la Fiscalía solo que agregó un testigo más, la diputada Ana Matilde Gómez.
Mientras esto ocurría Martinelli revisaba una documentación a la que parecía hacer anotaciones, conversaba con con sus abogados y de vez en cuando sonreía.
Su semblante es uno más tranquilo en comparación a otros días de audiencia. Como siempre, al ingresar cargaba otra obra literaria que exhibe como para que la capten las cámaras. Ayer era la de “Justos y Pecadores”.
Hoy es el turno de la defensa para refutar la acusación en forma y fondo.
PETICIÓN DE LA FISCALÍA
Antes de leer la acusación de 30 páginas, el fiscal Díaz hizo tres peticiones al juez de Garantías.
Habilitó a dos fiscales adjuntos, dos damas para que lo suplirán en caso de ausencia: Eyvis Jaen y Rosario Ortega. La petición fue admitida por las partes.
Seguidamente, solicitó la excepción del principio de publicidad. Es decir, que por respeto a las víctimas, se declare en reserva parcial o total las audiencias, ya que algunas evidencias contienen información íntima de los querellantes y con esto se evita revictimizarlos.
Por último, solicitó al juez que en el futuro no se interrumpan las audiencias en caso de que el expresidente tenga que acudir a citas médicas.
A estas dos últimas peticiones el juez de garantías se vio impedido en pronunciarse ya que se trata de solicitudes extemporáneas.
La fase de presentación de pruebas puede durar meses tomando en cuenta los más de 74 testimonios que tiene la parte acusadora, sin dejar a un lado las estrategias que utilizará la defensa para contrarrestar estas declaraciones, peritajes, o documentación que será introducida por las partes en la audiencia.
La acusación contra exmandatario se efectúa en medio de una trascendental decisión, que debe hacer el Pleno de la Corte Suprema de Justicia el miércoles próximo, que debe resolver un Amparo de Garantías presentado por la defensa que pide que el caso escape de la competencia de los 9 magistrados, y en cambio, se remita la carpetilla al juzgado XVI.
El jueves se contempla una audiencia ante el Pleno para atender un recurso de apelación y uno de hecho que presentó la defensa del expresidente en contra de decisiones adoptadas por el juez de garantías.
VIOLACIÓN DE LOS DERECHOS
En la primera parte de la audiencia, la defensa expuso tres situaciones en las que se violaron los derechos de su cliente.
El primero refiere a la documentación en el idioma inglés que acompañó a su cliente en la extradición. En este sentido, el abogado Roniel Ortíz, advirtió sobre las consecuencias que podía arrastrar la falta de traducción de estos papeles ante la riesgosa condición de salud de su cliente.
Las exposiciones de la defensa no necesariamente merecen una decisión del juez. Sino que se consignan en el proceso como violaciones calificadas por la defensa del procesado.
El segundo punto que trajo a colación Ortiz, se centró en el derecho a la defensa que tiene todo procesado. Recordó que cuando su cliente arribó a Panamá extraditado de Estados Unidos el 11 de junio pasado, su derecho a la defensa fue vulnerado. “Como no le permitieron el derecho de defensa dijo que iba llamar a su esposa pero en realidad llamo al teléfono de Carlos Carrillo, su abogado, a preguntarle donde estábamos (los abogados) porque él se encontraba solo”, dijo Ortiz.
El tercer punto se orientó al derecho que tienen los expresidentes de recibir la vigilancia vitalicia de los agentes del Servicio de Protección Institucional (SPI) y que esto no se cumplió.
Posteriormente el juez de garantías Jerónimo Mejía dio traslado al fiscal para que contestara a la defensa. Harry Diaz, fiscal de la causa, indico no comprender la relevancia de la primera sustentación de la defensa, más bien la calificó como un acto dilatorio.
Luego, el fiscal dijo que el 11 de junio consta que hubo comunicación entre Ricardo Martinelli y su abogado. Y que estos temas ya han sido tratados y decididos en la sala.
Por último, el fiscal se refirió a la custodia del SPI y arguyó que no entiende cómo la defensa del privado de libertad puede solicitar esta protección, ya que se entiende que su cliente no se encuentra en libertad ambulatoria, por tanto, no es necesaria la vigilancia del sistema de protección institucional.
Los querellantes también tuvieron oportunidad de contestar a la defensa y en su mayoría coincidieron que se trata de recursos que solo intentan dilatar el proceso, que han sido debatidos, y que parte de estos documentos los utilizó la defensa al principio del proceso cuando interrogó a los médicos para constatar la gravedad de la condición de salud de su cliente.
El juez finalmente indicó que el 11 de junio, en la diligencia de comunicación de derechos que se celebró ante la presencia del exgobernante, él mismo introdujo una nota diplomática en idioma inglés. En la diligencia, Martinelli tradujo los documentos en forma simultánea. Con respecto a los papeles en los que se daba el avance médico de Martinelli, “no se aprecia que la falta de traducción haya generado una vulnerabilidad a los derechos del acusado”, indicó el juez. Reconoció que los actos de procedimiento deben ser en español, pero añadió que la defensa en su momento nunca solicitó que se tradujeran por falta de comprensión.
Con respecto a la segunda violación presentada por la defensa, el juez Mejía indicó que no aprecia la incomunicación del procesado con sus abogados. En menos de 24 horas se sentó frente al juez para comunicarle sus derechos.
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