Un proyecto de fallo de la CSJ considera que artículo impugnado no sufrió alteración en 2017 sobre la cantidad de participantes que pueden correr. El demandante anunció que irá a la CIDH para impedirlo
En los despachos de los magistrados de la Corte Suprema de Justicia circula un proyecto que declara 'cosa juzgada' el artículo 132 del Código Electoral, que establece un límite de tres cupos a las candidaturas presidenciales que acrediten las mayores cantidades de adherentes por las libre postulación.
El proyecto responde a una demanda que se interpuso ante esta corporación de justicia el 11 de septiembre de 2017 por el abogado Juan Carlos Araúz, quien pretendía que dicho artículo se declarara inconstitucional, en base a que el límite de participantes vulnera los derechos de un ciudadano que cumpla los requisitos exigidos y que aspire a la candidatura presidencial sin una plataforma partidista.
La decisión de los magistrados no tarda en salir a la luz. La Estrella de Panamá conoció que el viernes pasado el proyecto se encontraba en lectura simultánea para recoger las observaciones de los magistrados.
El ponente del proyecto, magistrado Abel Zamorano, sustentó su criterio haciendo alusión a la sentencia emitida en abril de 2016 por el Pleno. En dicha oportunidad, se declaró constitucional el párrafo impugnado. El Código Electoral sufrió una nueva reforma en 2017, posterior al fallo en el que se basó Zamorano. No obstante, a juicio del magistrado, en dicha renovación, no hubo gran alteración al escrito.
El fallo de 2016 estipula que durante el torneo electoral no se debe promover la proliferación descontrolada de candidatos a libre postulación, que a su vez, genera mayores costos de financiamiento a las candidaturas de libre postulación por parte del Estado, lo que desnaturalizaría el puesto de elección popular.
Razón por la que, es muy posible que la postura de ponente logre consenso con el resto de sus colegas y se sostenga su posición, considerando que se mantiene el designio legislativo, en el sentido de que permanece la regla de que solo se podrán postular tres candidatos presidenciales por la libre postulación. Por tanto, se continúe con la misma consecuencia jurídica.
No obstante, en su escrito, Zamorano deja entrever que es necesario ajustar la ley a la vida cotidiana aún cuando no se hayan producido reformas al Código. Lo que los entendidos en la materia denominan "Constitución viviente".
Una rendija para futuros cambios, que en este momento, parece improbable que los magistrados cambien de postura por temor a alterar el cronograma establecido para mayo 2019, cuando se celebran las elecciones generales.
El demandante Juan Carlos Araúz, se anticipó a la decisión y advirtió que presentará un reclamo ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) que permita exigir el cumplimiento del Estado panameño en su responsabilidad de garantizar la igualdad de condiciones de los aspirantes que cumplan con el mínimo de firmas requeridas.
Expresó que si la Corte elige aplicar "Cosa Juzgada Constitucional”, rehuiría al debate de fondo sobre la igualdad ante la Ley.
"Los fallos judiciales están regidos por las reglas de la convencionalidad específicamente de la Convención Americana de Derechos Humanos. La Corte, por tanto, no escapa al deber de adoptar disposiciones de derecho interno a la Convención. En ese caso, si el ejercicio de los derechos como la igualdad ante la Ley no están garantizados, los magistrados de la Corte en su rol de jueces interamericanos deben adoptar las medidas que fueren necesarias para hacer efectivos tales derechos", indicó el jurista.
La mora de la Corte en resolver la demanda de inconstitucionalidad, ha motivado al jurista Araúz a presentar dos impulsos procesales. Paralelamente, el doctor Miguel Antonio Bernal, precandidato independiente a la Presidencia, presentó una medida cautelar ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) para que se impida el pronunciamiento de solo tres nombres en esta contienda, y que obligue al Estado a adoptar el criterio de que todo aquel que cumpla el umbral de firmas solicitado, pueda ser habilitado como candidato.
“La próxima reunión de la CIDH es el 2 de diciembre en Washington, Estados Unidos, y si el tópico se plantea como un tema urgente y de gravedad puede atenderse”, indicó Araúz a este diario.
En tanto, la fecha de cierre de formalización de solicitudes de admisión de candidaturas por la libre postulación en el Tribunal Electoral es el próximo 3 de enero.
La futura decisión de los jueces superiores, a escasos 6 meses de celebrar las elecciones generales, cae como un balde de agua fría para los más de 20 interesados en el cargo que se han lanzado a las calles en avalancha para recolectar el total de firmas equivalentes al 1% de los votos válidos emitidos en la última elección, es decir, 18,550.
Cientos de libros de firmas pasan por el proceso de depuración en el Tribunal Electoral. Uno de los puntos más críticos que los interesados cuestionan severamente. Denuncian manipulación y preferencia en la verificación de los libros.
Algunos candidatos ya han anticipado su descontento por las reglas electorales que rigen el torneo.
Bernal señaló que hay dos fallos de la CIDH que han hecho saber al Estado que no se pueden tomar ese tipo de decisiones porque van en contra de los derechos humanos. "Pero a los magistrados no les importa y crean este tipo de desigualdad de apadrinar solo tres candidatos", añadió.
La demanda que pretende declarar inconstitucional la posibilidad de que solo tres candidatos aparezcan en la boleta de votación, se fundamente en que cercena el ejercicio del derecho al sufragio por cualquier ciudadano que haya cumplido los requisitos impuestos para ser candidato de libre postulación.
"Ese número responde a la pereza y al miedo a la competencia", manifestó el exmagistrado del Tribunal Electoral Guillermo Márquez. Es por eso mismo -añadió- que los magistrados del Tribunal Electoral han sido laxos en supervisar los torneos, pues han permitido que personas que no tienen ningún caudal político sean candidatos. Rememoró las elecciones de 2014, cuando dos candidatos por la libre, sacaron menos votos de los que habían presentado como exigencia ante el Tribunal Electoral.
A pesar de que todo apunta a que pronto se conocerá la sentencia del Pleno, Ricardo Lombana, precandidato a la presidencia, invitó a los magistrados a fallar lo antes posible "porque hacer que salga tarde es desconocer los derechos de los ciudadanos que han firmado por los candidatos independientes. Es importante que la corte falle y que todo ciudadano que logre recolectar el mínimo de firmas para presidente pueda aparecer en la papeleta", opinó.
Agregó que la Corte "desconoce los derechos de los ciudadanos que endosaron la candidatura de los independientes y atenta contra el derecho de los aspirantes".
El candidato presidencial por el partido Panameñista, José Isabel Blandón dijo estar de acuerdo en que se presenten más de 3 personas, "pues deben correr todos aquellos que recojan las firmas".
ENCUESTAS;
Urgen a la Corte decidir en tema de veda. El Pleno de la Corte Suprema de Justicia aún tiene pendiente un segundo fallo relacionado al tema electoral. Se trata de una demanda de inconstitucional al artículo 254 del Código Electoral que prohíbe la publicación de encuestas electorales 20 días calendario antes del día de las elecciones. El recurso tiene más de 8 meses de haberse presentado sin que aún exista un pronunciamiento de los magistrados.
Dicha disposición es vista como una violación a la libertad de información y expresión por algunos candidatos y no faltan voces que argumentan que se trata de una "manipulación, de vías subliminales para hacer ver quién va a ganar", según Bernal.
Los actores de la contienda urgen a la Corte emitir un fallo oportuno. "Es importante que esas demandas se fallen lo ante posible. Ya el proceso electoral se encuentra avanzado y esto crea incertidumbre. La veda electoral debe eliminarse", afirmó Rómulo Roux, candidato presidencial por el partido Cambio Democrático.
La ciudadanía no está dispuesta a recibir fallos extemporáneos, como ha sido la reciente de la decisión de la Corte que declaró inconstitucional, después de casi 5 años, la convocatoria a la segunda elección parcial para escoger a dos diputados de la provincia de Chiriquí.
Laurentino Cortizo, del Partido Revolucionario Democrático, dijo estar de acuerdo con la veda que establece el Código, producto de la última reforma al Código Electoral en 2017.
Razón por la que exigen una pronta respuesta de los magistrados para evitar que se produzca un fallo cuando prácticamente no hay nada que hacer. "Es un tema de prioridad, se debe ver por el apremio de las elecciones y no quedar en este juego en el que estamos, es un ridículo", expresó el aspirante por la libre postulación, Francisco Carreira.
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