Las explicaciones de las funcionarias de MiAmbiente, no obstante, contrastan con las de conocedores en la materia. La arquitecta Laura Candanedo del equipo de la Asociación de las Comunidades del Área del Canal (Acac) las calificó de ‘repugnantes’.
Como primer punto, Candanedo es enfática en que el EIA, suspendido por la Sala Tercera de la Corte Suprema de Justicia, no procedía porque viola la Ley 21 de 1986 que regula las áreas de suelo de la zona Canalera, y la Ley 30 de Áreas Protegidas. El 14 de febrero pasado, la Corte emitió un fallo en el que suspendió el EIA. No obstante el fallo, no logró suspender los trabajos en el proyecto los días inmediatos. La directora de la Dirección de Evaluación de Impacto Ambiental, Malú Ramos, dijo a La Estrella de Panamá, que MiAmbiente recibió la notificación el 21 de febrero y “luego deben confeccionar una resolución para notificar al promotor, tarea del departamento legal de la institución, que también se encarga de evaluar el alcance del fallo”, dijo Ramos.
La arquitecta Candanedo refuta el mecanismo que está implementando la institución para la tala. Ante la respuesta de la funcionaria sobre lo que hace falta por talar, se pregunta, “cómo MiAmbiente aprueba un EIA sin diseño y sin saber lo que afectará, pues no se tala primero y después se diseña. En este sentido, insistió que no existen diseños, ni planos desarrollados o aprobados, un acto de total ilegalidad”.
En el mismo renglón, la arquitecta es enfática en que la funcionarias, en vez de haber respondido que hacen falta 11 hectáreas por talar, debieron “dar inmediatamente la respuesta de especie, tipo, tamaño, tiempo de vida, etc. La integrante de Acac catalogó de inaceptable la respuesta de la funcionaria.
Afirmó que lo talado consistía en bosques y mucha madera, información debía estar en el EIA para poder evaluar la decisión de aprobar o rechazar el estudio.
Para Candanedo, las funcionarias no pudieron precisar el asunto del faltante de madera, y reiteró que el proyecto debe ser suspendido, y los que han intervenido deben ser encausados.
Luego recordó que lo habido en Red Tank se trata de bienes de dominio público que no pueden ser objeto de apropiación privada puesto que existe una lotificación.
"Ensanche de vía es un acto de total ilegalidad", refutan proceso para la tala
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