Se trata de una pericia para corroborar la autenticidad de los7 cuadernillos y varios documentos que desacreditaban al testigo protegido
Primero solicitaron una 'prueba sobre prueba' de los 7 cuadernillos que imprimió el perito de medicatura forense, Luis Rivera Calles, que contienen gran parte de la información sobre las víctimas pinchadas. En este sentido, lo que lo defensa buscaba era habilitar a un perito experto en documentación para que corroborara la autenticidad y mismidad de la prueba.
Al respecto el Tribunal determinó que la prueba número 46, que consiste en las 3442 fojas agrupadas en los 7 cuadernillos, se admitió como una copia, que fue el resultado de una diligencia de impresión que el mismo perito realizó, y que el Tribunal admitió bajo reserva tal como lo dejó plasmado en su momento. "Mal podría este Tribunal admitir una otra prueba contra una prueba que admitió bajo reserva. No podemos olvidar que dentro de los cuadernillos hay otras actas de diligencia y la defensa no identificó exactamente sobre qué pruebas desean hacer las pericias", dictaminó el presidente del Tribunal Roberto Tejeira.
Lo que la defensa no comparte con el juez, es que se deba esperar a la valoración de esta prueba cuando existen evidentes contradicciones sobre la originalidad y mismidad de la evidencia. No obstante, Rivera Calles forma parte de los testigos que serán llamados a testificar por parte del equipo de abogados del exgobernante, oportunidad que podrán aprovechar para cuestionarlo sobre los cuadernillos y enfatizar la falta de autenticidad de los documentos.
La defensa también pidió a los jueces introducir al juicio otros documentos: El oficio por el cual el entonces director de la Policía Nacional, Omar Pinzón, certificó los traslados del testigo protegido al extranjero. Papel que no fue incorporado al expediente, "así como ningún documento posterior al primero de julio de 2014", según arguyó la defensa.
El segundo documento se refiere a un memorando del departamento asesoría legal de la Cancillería en el que explicaban la situación de la licencia del testigo protegido cuando fue enviado al extranjero como parte de la delegación policial de Panamá en la Organización de Estados Americanos. El tercero es el Resuelto por el cual se hace constar quién solicitó la licencia del testigo protegido "que fue el señor Rolando López, quien durante el contra interrogatorio no se acordó de eso", argumentó Carlos Carrillo, abogado defensor.
Estas incorporaciones solicitadas por la defensa se basan en que en la fase intermedia, los abogados desconocían el nombre del testigo protegido. No obstante, el juez indicó que "en el expediente era conocido el nombre de esta persona y toda documentación solicitada al respecto carece de sustancia y no corresponden a pruebas que probarán la inocencia del acusado, sino que buscan desacreditar al testigo protegido".
Carrillo alega que en la fase intermedia no pudieron refutar nada sobre el testigo protegido porque desconocían quién era, no les revelaron el nombre y ampararon la decisión del magistrado Jerónimo Mejía en su momento.
"Lo que la defensa quería era entrar a refutar ese hecho, porque incluso, la fiscalía había dicho que no conocía el nombre del testigo protegido cuando se habían reunido con él en marzo en Washigton, Estados Unidos. Entonces a nuestro juicio, el sistema ha permitido que la fiscalía deje en total indefensión a la defensa y aún así, se ha visto el descrédito de ese testigo. Nosotros en la fase probatoria tenemos otras informaciones y pruebas".
La defensa también buscaba introducir una copia de la investigación administrativa que efectuó el Consejo de Seguridad en 2014 a raíz de los pinchazos. Esto, luego de que el testigo de la Fiscalía, Julio Palacios, revelara durante su comparecencia que había dado declaraciones sobre lo ocurrido antes de 2014 al subsecretario del Consejo de Seguridad, Jacinto Gómez. En este tema, el juez indicó que el Tribunal no puede ordenar al Consejo de Seguridad que entregue dicha pesquisa, sino que la defensa debe aportarla. Además, dijo el juez Tejeira, que la defensa tuvo la oportunidad de contrastar dicha información cuando el exsecretario del Consejo de Seguridad, Rolando López, rindió testimonio en el juicio.
"Nos preocupa que nos enteramos durante el juicio que existió una investigación administrativa en el Consejo de Seguridad por la declaración de un testigo. En ese momento la defensa pidió la información, el Tribunal dice que nosotros teníamos que haber acudido ante un juez de Garantías, en eso estamos en desacuerdo. Sin embargo, estas pruebas eran de refutación", insistió el defensor Carrillo.
Por su parte la fiscalía salió satisfecha de la audiencia. Aurelio Vásquez, representante del Ministerio Público, indicó la pretensión de la defensa fue desestimada por el Tribunal porque para traer una prueba sobre prueba tiene que fundamentarse el desconocimiento de esa circunstancia.
Recordó que dentro del escrito que presentó la defensa en la parte intermedia, mencionaban al testigo protegido en dos pruebas documentales. "Mal podría decirse que se desconocía su nombre y apellido. Ahora bien, en este día nos hemos dedicado a argumentar por qué no estábamos de acuerdo en las solicitudes presentadas, que tomaron todo el día, cuando en realidad lo que se pretende es dar celeridad al proceso. Tengo entendido que tenían sus testigos y no se evacuó ningún testimonio", se quejó el fiscal.
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