El Mides se realiza en querellante en perjuicio de Funchipa luego de haber efectuado una auditoría interna a las finanzas del albergue que reflejan el uso del 72% del subsidio en gastos administrativos y otras deficiencias
El Mides ya había notificado al Ministerio Público sobre las supuestas anomalías en julio de 2020. Sin embargo, el 24 de febrero de 2021 pasó de ser denunciante a querellante en el caso que atiende la Fiscalía Anticorrupción.
El Ministerio de Desarrollo Social (Mides) interpuso querella en contra de la Fundación Chilibre Panamá (Funchipa) por supuesto delito contra la administración pública aproximada en $ 92,722 en el uso del subsidio que otorgó la entidad en el año 2020.
Dicha fundación estuvo a cargo del albergue de marzo de 2019 a agosto de 2020 y fue administrado por la licenciada y representante legal, Xenia Medina.
El Mides realizó una auditoría a las finanzas del albergue en las que ubicaron tres cheques, que se describen más adelante, que suman $ 53,040, cuyos gastos aparentemente se efectuaron en violando los lineamientos establecidos para estos centros en el uso de subsidios del Estado. Según la querella a la que tuvo acceso La Estrella de Panamá, Funchipa había sido alertado sobre las irregularidades.
El Mides ya había notificado al Ministerio Público sobre las supuestas anomalías en julio de 2020. Sin embargo, el 24 de febrero de 2021 pasó de ser denunciante a querellante en el caso que atiende la Fiscalía Anticorrupción.
Entre las supuestas irregularidades cita la falta de controles de la lista de asistencia, contratos laborales por servicios profesionales y el no pago de la cuota obrero patronal establecida en la ejecución del presupuesto de la Fundación.
La institución efectuó una revisión al manejo del dinero otorgado por la Oficina Nacional de Subsidios Estatales, que reflejó una serie de faltas cometidas por la fundación al régimen que las regula, es decir, el Decreto Ejecutivo 29 de 22 de mayo de 2018 que reglamenta el Decreto Ejecutivo 3, del 8 de marzo de 2016, mediante el cual se dictan las obligaciones para organizaciones que reciben subsidios estatales.
Entre las supuestas irregularidades cita la falta de controles de la lista de asistencia, contratos laborales por servicios profesionales y el no pago de la cuota obrero patronal establecida en la ejecución del presupuesto de la Fundación.
De acuerdo con los hallazgos, de los $ 50 mil mensuales que recibía la fundación, se emplearon fondos del subsidio para gastos no contemplados, además se detectaron facturas con inconsistencias y excedentes en el proyecto por parte de la Fundación por un monto de $ 92,722, como cuantía provisional que puede variar en el transcurso de la investigación y respaldar que se encuentra dentro del contexto de la norma penal. De hallar responsables, may podrían pagar de cuatro a ocho años de prisión si la cuantía no supera los $ 100 mil, de lo contrario, el Código Penal contempla de ocho a 15 años de prisión.
IRREGULARIDADES
Entre las deficiencias se menciona la transición de equipos y mobiliarios entre la Fundación Creo en Milagros (Metro Amigo) que mantenía la administración del albergue hasta marzo 2019 y la Fundación Chilibre Panamá que relevó a la primera.
Xenia Medina explicó el 13 de septiembre de 2020 ante la subcomisión de la Comisión de la Mujer, la Niñez, la Juventud y la Familia las vicisitudes económicas que heredó cuando tomó el control del albergue.
Según conoció este medio, en la auditoría que efectuó el Mides, aparecen compras de materiales e inmobiliario que no fueron hallados en una inspección física que se hizo al albergue.
Xenia Medina explicó el 13 de septiembre de 2020 ante la subcomisión de la Comisión de la Mujer, la Niñez, la Juventud y la Familia las vicisitudes económicas que heredó cuando tomó el control del albergue.
Detalló que de los $ 50 mil que le otorgaba el Mides en concepto de subsidio, $ 30 mil eran para salarios y $ 20 mil para lo demás.
Dijo que se pasó de abril a agosto de 2020 sin plata para la comida. Tuvo que “usar los fondos prestados de la fundación para que los chicos comieran”. Las 34 personas que conformaban la planilla, al ver la situación, le dijeron: “profesora, no nos vamos a ir, aguantaremos”, narró Medina a los diputados.
La exdirectora del albergue describió que tuvo que llamar amigos para conseguir plata para la comida. “Nos fuimos sábado y domingo por todos los supermercados diciéndole a la gente que cuando comprara nos regalara leche o algo”, aseguró. En una ocasión logró, por insistencia en un mensaje de WhatsApp, que la Primera Dama le diera $ 7 mil, “pero mensualmente se van $ 15 mil en comida, dos tres comidas y dos meriendas”, indicó.
Sobre el Seguro Social, explica que se acercó a pagar cuatro meses juntos, pero la entidad le respondió que “si pagaba los cuatro meses juntos a Funchipa le ponían una multa. Entonces le pregunté al Mides y ellos me contestaron que ese no era su problema, era mi responsabilidad ”.
Lo que sí llamó la atención del Mides fue el check número 0339 con fecha del 4 de febrero a nombre de ECSE Contadores Públicos Autorizados y Asesores Tributarios a la que supuestamente Funchipa pagó $ 18,190 en concepto de servicios profesionales. El abogado Efraín Ramos, es uno de los directivos de dicha empresa.
SERVICIOS PROFESIONALES
En la auditoría, que elaboró la institución en febrero de 2020, encontró $ 26,290 como un gasto generado que no estaba contemplado en el presupuesto que presentó a la entidad. Se trata de pagos que se hicieron sin aprobación, excedentes o que facturas no están a nombre de la fundación.
Lo que sí llamó la atención del Mides fue el check número 0339 con fecha del 4 de febrero a nombre de ECSE Contadores Públicos Autorizados y Asesores Tributarios a la que supuestamente Funchipa pagó $ 18,190 en concepto de servicios profesionales. El abogado Efraín Ramos, es uno de los directivos de dicha empresa.
Ese mismo día, el 4 de febrero, Funchipa firmó el siguiente check, el 0340 a nombre del abogado Efraín Ramos de la firma Ramos y Ramos Contadores y Abogados y que fue debitado el 5 de febrero, por la suma de $ 8,100. La querella no especifica el motivo de este pago. No obstante, la institución lo consideró como fuera de lo contemplado en el presupuesto del albergue.
Este diario se comunicó con el jurista para conocer la razón del desembolso, pero indicó que en estos momentos no sería prudente brindar información al respecto, ya que prefiere dejar en manos de las autoridades la investigación. Añadió que como abogado siempre se ha regido bajo los principios de ética profesional en sus servicios.
Ramos aparece en las redes sociales como ejecutivo de la empresa ECSE, Equipo y Consultoría SA, contadores públicos y asesores tributarios fundada en 1993.
El 6 de febrero de 2020, Funchipa giró el check 0342 por $ 26,750 en concepto de servicios profesionales a favor del Grupo Piscina Panamá, cuyo monto fue debitado cuatro días después (10 de febrero).
Se trata de un profesional especialista en derecho tributario. En breves líneas, en su hoja de vida, se lee que fungió como jefe de la Unidad de Control Interno del Ministerio de Economía y Finanzas de 2014 al 2017. Además laboró cinco años como auditor en varios departamentos y unidades de la Caja de Seguro Social .
El 6 de febrero de 2020, Funchipa giró el check 0342 por $ 26,750 en concepto de servicios profesionales a favor del Grupo Piscina Panamá, cuyo monto fue debitado cuatro días después (10 de febrero).
USO DEL SUBSIDIO
Los albergues deben cumplir con ciertos parámetros en lo que se refiere al uso del subsidio. El Decreto Ejecutivo 3, del 8 de marzo de 2016 que reglamenta su uso específico que del 100% del subsidio, los albergues podrán emplear hasta el 35% en concepto de pago de salario para el personal administrativo; hasta el 20% en servicios profesionales, si son necesarios y acordes para la ejecución del programa; hasta el 15% en pago de gastos administrativos, y el 30% restante para dispendio del proyecto social. Si el subsidio no utiliza el porcentaje máximo de los tres primeros, el residuo se podrá emplear para el pago del programa o proyecto social.
ADVERTENCIAS
Lo que señala la querella es que en reiteradas ocasiones Funchipa fue notificado por parte de la oficina de subsidios de la institución que le negaba el uso del 72% del total del subsidio para gastos administrativos, advirtiendo que debían ajustarse al presupuesto con los porcentajes establecidos. Lo anterior consta en una nota el 3 de junio de 2019.
En ese sentido, el Mides solicitó el 30 de enero de 2020 a Fuchipa que subsanara los informes financieros de abril a noviembre de 2019, ya que reflejaban gastos que no estaban contemplados en el presupuesto y no han sido autorizados.
La querella apunta a que hubo desatención por parte de Funchipa que a pesar de la advertencia de que debía ajustar su presupuesto a los porcentajes establecidos, reiteraron la misma conducta de hacer gastos fuera de lo presupuesto, y en esta ocasión lo detectaron en los meses de diciembre 2019, enero y febrero de 2020. Este llamado de atención se hizo constar en un memorando el 21 de mayo de 2020.
Ahora la Fiscalía deberá acreditar la lesión patrimonial, cuando lo consiga podrá imputar cargos y deberá acogerse a un período de seis meses para hacer la averiguación. Después de la imputación el indiciado puede llegar a un acuerdo con la fiscalía y acordar una reducción de pena según la información aportada.
EVIDENCIAS
Como parte de las evidencias que respaldan la querella, el Mides entregó la certificación expedida del Registro Público de la Fundación, pruebas testimoniales solicitadas en la denuncia que presentó en julio de 2020 e incorporaron pruebas nuevas para probar la responsabilidad penal de quienes resulten responsables.
Ahora la Fiscalía deberá acreditar la lesión patrimonial, cuando lo consiga podrá imputar cargos y deberá acogerse a un período de seis meses para hacer la averiguación. Después de la imputación el indiciado puede llegar a un acuerdo con la fiscalía y acordar una reducción de pena según la información aportada.
El indiciado tiene derecho a atacar la auditoría interna del Mides, asistirse con peritos y revisar si el monto es acertado, ya que la cuantía sobre la lesión patrimonial hace una gran diferencia en la pena de prisión.
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