Juan Carlos Araúz: "Delitos del caso Odebrecht podrían prescribir antes de llegar a juicio"

El presidente del CNA describe un panorama poco alentador para quienes esperan certeza del castigo en el caso investigado bajo el sistema inquisitivo plagado de defectos, que requerían auxilio, pero ningún órgano se preocupó por subsanarlos


Juan Carlos Araúz.


La investigación por sobornos de coimas en el caso Odebrecht corre el riesgo de que las conductas señaladas prescriban antes de que se celebre un juicio o quizás hasta la audiencia preliminar. El abogado litigante y presidente del Colegio Nacional de Abogados, Juan Carlos Araúz, pone en perspectiva el futuro de dicha investigación de forma real, aunque las noticias no sean alentadoras para quienes esperaban encontrar justicia con este caso. Lo que sucede es que el tiempo empieza a correr desde el momento en que la fiscalía señala que se cometió el delito, así pues, si fue en 2009 y se trata de un delito simple de blanqueo de capitales, es muy probable que cuando se llame a audiencia preliminar, que puede ser dentro de un par de años, el delito haya prescrito. La investigación tomó más de 4 años, y ahora, la remisión del abultado expediente de 2,194 tomos al juzgado Tercero Liquidador, tomará semanas o meses para concretarse debido al trabajo administrativo de revisión y foliación de cada tomo. Si usted es de las personas que creen que pronto verán una respuesta de la justicia en este complejo caso, lo más seguro es que se decepcionará, ya que el sistema inquisitivo mixto mediante el cual se abrió el caso jamás recibió las correcciones para evitar la realidad que vivimos hoy. Entre ellas se cuenta, por ejemplo, la notificación de las partes para celebrar la audiencia preliminar. Lo más seguro es que habrá obstáculos, la pregunta que se hace nuestro invitado constantemente, es por qué nadie hizo nada para remendar los futuros obstáculos, y la culpa, asevera, es de los tres poderes del estado.

La vista fiscal del caso Odebrecht, según hemos conocido tiene aproximadamente mil fojas, hay gran expectativa por lo que ocurra en los tribunales al respecto, ¿qué se espera de ahora en adelante?
Yo creo que ese es uno de los principales puntos a rescatar: las condiciones excepcionales de un expediente que representa una práctica inusual dentro de la justicia toda vez que lo abundante y voluminoso de su contenido hacen poner en contexto la necesidad de prácticas administrativas distintas a la historia que persigue la justicia en cuanto a su eficacia y funcionamiento. Sobre todo, al uso de tecnología, recursos disponibles y la manipulación de un expediente tan voluminoso, debe ser materia de análisis siguiente a esta etapa porque pone de manifiesto las capacidades humanas para lidiar y manipular un expediente voluminoso. Esa particular situación va a entrañar que tendrá incidencia en el análisis técnico y jurídico que el juzgado empiece a evaluar situaciones de este.


¿Cuáles son los riesgos que corre este expediente?
Por su volumen, por la cantidad de intervinientes, el principal riesgo estaría en la prescripción de las conductas, que, por el paso del tiempo, puedan transcurrir. Justamente cada petición involucra un análisis del juzgador, luego del tribunal superior y luego de la CSJ. Entonces con estos volúmenes, con el nivel de responsabilidad de cada despacho, no cabe duda de que, el tiempo es un factor que va a jugar siempre como un elemento de gran preocupación.

¿Es decir que puede caer en prescripción antes de llegar a juicio?
Si tomamos como referencia que el delito más grave sería peculado, que podría llevar penas de 15 años, ese sería el tope desde el inicio de las conductas. Entonces, si ya llevamos una cantidad importante de años sin ningún pronunciamiento que de firmeza, el tema del tiempo es algo que también tiene que entrar en análisis para todas las etapas que se debe surtir. Por eso, la gerencia del pleito adquiere mucha relevancia, tomando la prescripción como norte para evitar dentro de las actuaciones de cada instancia.


Recordemos que el estado de inocencia de cada uno de los que están llamados a juicio debe ser preservado hasta el momento en que verdaderamente se califique el mérito de la vista fiscal. 

¿Desde cuándo empieza a correr el tiempo para la prescripción del delito?
Desde el día en que se cometió la conducta delictiva.

Pues se investigó el periodo de 2012-2014, algunos delitos podrían estar prescritos...
En efecto, por eso la importancia de esclarecer en la vista fiscal las conductas individuales, las conductas complejas. El análisis para el debate va a ser la fecha de la comisión de la conducta delictiva a imputar en la vista fiscal a cada individuo.

Es decir que los delitos por coima ocurridos antes de 2012 será difícil imputarlos...
Claro, si se tratara de conductas simples. Es decir, el que receptó los fondos únicos en una fecha determinada, ese es el día que comienza la prescripción y así de frío va a ser el debate de la defensa.

¿Cada conducta es individual?
Cada imputado tiene una conducta diferenciada que se le señala. Cada individuo va a tener una prescripción diferente, la prescripción de uno será para el acto o hecho que se señala como conducta delictiva que cometió.

Si esto llega a juicio en el 2025, ¿qué se va a juzgar entonces?
Por eso yo no puedo alentar a como si van a aparecer condenas de forma sumaria, cuando lo que aquí hay que debatir es una serie de situaciones de forma evidente en torno a como se adelanta una acusación y los tiempos que se tomó el debate, por ejemplo, de la instrucción del expediente. Desde el primer momento se sabía que los tiempos de investigación marcados en la ley para el sistema inquisitivo era de seis meses, luego de ese intenso debate en esta etapa, la pregunta es por qué no se legisló para aumentar el tiempo de investigación o haber creado mecanismos para que al final no se transformen en un pronóstico negativo. Cuando todos conocen que hay una confesión, esperan que el sistema actúe de una forma muy sencilla de producir condenas en base a eso, sin embargo, aquí la forma va a tener tanta relevancia como el fondo. Y nadie puede pretender que la forma sea desconocida y menos cuando el debate judicial va a ser de una naturaleza en la que nadie va a quedarse para aceptar algún señalamiento.

¿Usted cuando prevé que se celebrará una audiencia preliminar en el caso?
Tendría que hacer el siguiente parámetro, de los casos de corrupción iniciados en la administración pasada hay expedientes que hicieron todo el recorrido desde hace más de tres años y su audiencia preliminar no se ha llevado a cabo. Si utilizamos ese mismo parámetro, aquí no podríamos sorprendernos que no menos de tres años se vaya a celebrar una audiencia preliminar en las condiciones en las que está regulado este sistema.

Ese expediente de 2,194 tomos arriba al Registro Único de Entrada de la Corte, ¿cuál es el procedimiento que debe seguir este expediente?
Como se trata de tener certeza de lo que se está entregando, hay que verificar la foliación, es decir, el número de páginas en cada tomo que por su volumen va a representar una auditoría particular para constatar que el Órgano Judicial ha recibido de forma correcta cada una de las fojas señaladas. Esa situación en el pasado, con expedientes de mayor volumen, ha involucrado en algunos casos que sea devuelto para corregir la numeración. Cuando se agrega entonces el tamaño de este expediente, cuando empiece la verificación y se presenta la devolución serán semanas o meses lo que tome hacer estas correcciones. Pero empieza a mostrarse el camino de la dificultad de haber tenido un expediente tan enorme administrándose como una sola causa. Esta situación nos lleva a analizar cuál es el sistema judicial que está regulando el análisis del expediente y pondríamos en contexto que las reglas del sistema penal inquisitivo mostrarán vacíos, lagunas, porque hay que comprender que ese sistema está desapareciendo de nuestra legislación y se va a complementar con los temas que tienen que ser previsibles por el administrador de justicia y que el tema no se convierta en el obstáculo a cuándo se producen estas respuestas.


No sería sorpresivo que el expediente Odebrecht sea el último que ponga punto final al sistema inquisitivo mixto.

Es decir que los ciudadanos nos tendremos noticias prontas de ese caso...
Este tema es importante porque no podríamos colocar en responsabilidad de la juez que va a recibir el expediente la previsión de producir decisiones aceleradas porque requiere de un análisis diferenciado. La parte administrativa, hasta que el expediente esté ingresado en su despacho, y luego las valoraciones que debe iniciar, en las que ella tendrá que informarse del contenido del expediente y eso requiere una tarea humana en donde leer el contenido y los elementos que acompañan a la vista fiscal, va a conllevar un reto importantísimo y sobre todo de dedicación y concentración por parte del funcionario. El carácter único de este expediente no debe permitir que nosotros propugnamos por decisiones aceleradas que se puedan transformar en superficiales en determinado momento. El análisis a partir de este momento es de profundidad en el que se va a poner de contexto que los 50 llamados a juicio, al momento de hacer su ejercicio al derecho de defensa, representará un desafío extraordinario para el ser humano que empieza a analizar las peticiones que van a formar parte del debate judicial. Es decir, la sociedad, por mayor necesidad de respuesta, debe comprender la parte operativa para saber los límites y aquí surge una responsabilidad de la Corte Suprema de Justicia, del acompañamiento que se le va a dar al Tribunal para permitir que la ejecución de la etapa se manifieste de una forma asentada.

El Juzgado Tercero Liquidador maneja expedientes sensitivos de gran volumen, por ejemplo, New Business, Blue Apple, blanqueo de FCC, y el de Odebrecht, ¿está preparado ese despacho para este desafío?
Tendría que asumir que nadie está preparado para lidiar con el expediente de Odebrecht. Justamente se trata de que la justicia panameña no está preparada para brindar respuestas en situaciones excepcionales, como el tamaño de este expediente que va a involucrar una complejidad inusual, desde el solo hecho de pedir copias en donde todos los intervinientes que puedan estar interesados en obtener, por ejemplo la copia de la vista fiscal, va a producir una manipulación que requiere una logística diferente, la organización de la disponibilidad de estos tomos también va a presentar un desafío. Esta particular situación involucra recursos, acompañamiento, una mirada distinta al fondo. Es decir, separaría la administración o gerencia del expediente, y la otra será la decisión de la juez sobre cada petición que se haya presentado. Lo jurídico va a estar integrado con los aspectos de administración y gerencia de un expediente tan voluminoso.

La pregunta es si el juzgado cuenta con personal y recursos para dar respuesta...
Yo hago el llamado a la Corte Suprema de Justicia (CSJ) en donde la manipulación que produzca cuestionamientos de la parte logística y administrativa tendrá un impacto en toda la justicia porque este expediente está lleno de relatos y de situaciones que vinculan a la política dentro del mismo y hará un fuerte cuestionamiento si el funcionamiento es producto de obstáculos naturales o de obstáculos creados. Por eso el pleno de la CSJ tiene el mayor desafío como cara visible de la justicia, de producir las decisiones que permitan la disposición de recurso humano y la logística que permita el funcionamiento administrativo para que no se convierta en un obstáculo para que luego se fusionen las versiones de lo jurídico con lo político y poder atravesar este episodio de la mejor manera.

¿El Ministerio Público tenía que haber divulgado los nombres de los llamados a juicio y los sobreseimientos?
No, recordemos que el estado de inocencia de cada uno de los que están llamados a juicio debe ser preservado hasta el momento en que verdaderamente se califique el mérito de la vista fiscal. Por lo tanto, el Ministerio Público tiene prohibido enlistar nombres que generen algún tipo de inclinación en torno a un estado de inocencia que debe ser preservado. Sin embargo, la ansiedad que tiene la sociedad está motivada por la existencia de la confesión que realiza la propia empresa. Es decir, ser parte del punto en el que hay conductas que tienen que ser sancionadas, sin embargo, para que esas sanciones lleguen debe requerir un análisis muy minucioso de si lo aportado por la empresa realmente resiste el análisis de convertirse en información contundente para romper el estado de inocencia del señalado. Es un tema natural que la sociedad no quiere tener paciencia y exige responsables pero el sistema va a impedir que esto se produzca hasta que haya una sentencia en firme y esto hay que pronosticarlo como un proceso largo. No sería sorpresivo que el expediente Odebrecht sea el último que ponga punto final al sistema inquisitivo mixto.

Las confesiones de los exejecutivos de la empresa, ¿qué carácter tienen en el contexto de la investigación?
Como quiera que esas colaboraciones son el punto de partida para generar los casos en contra de nacionales, deberían tener una coherencia y una línea objetiva en torno a que el contenido de su aporte sean las conclusiones que la vista fiscal vaya a entrelazar entre los distintos imputados. De lo contrario, la gran pregunta que siempre surgirá, si el valor de las delaciones no tiene ninguna relevancia para las condenas, por qué habría que tener un premio la empresa o los exejecutivos si no se ha convertido en el eslabón que produzcan condenas.

¿Qué le dice a usted la cantidad de sobreseimientos, 29, que en un principio fueron investigados?
Que el estado de inocencia no puede merecer apreciaciones anticipadas. El Ministerio Público puede cambiar de opinión en torno a señalamientos cuando se han esclarecido los hechos que se investigan. Por eso un sobreseimiento no tiene que representar ni debilidad o contradicción para el Ministerio Público. Es parte natural de un procedimiento en el que la información se traduce en una contundencia para llamar a juicio o un sobreseimiento.

¿El Ministerio Público, en recursos y capacitación de personal, estaba listo para enfrentar un caso como el de Odebrecht?
Yo creo que el punto relevante es que el Ministerio Público ha concluido una etapa, esa vista fiscal va a representar los hechos que tiene que presentar al juez y defenderlos. Si el Ministerio Público no logra atravesar ese contradictorio en la etapa frente al juez, viene una valoración en el recorrido histórico. Tendría que traer a colación que desde el primer momento se pusieron en evidencia carencias que el Ministerio Público tuvo que suplir sobre la marcha, sin embargo, no hubo una planificación como política de estado de lo que todo el mundo advertía desde el principio. Una de las legislaciones creadas para este caso es permitir los acuerdos de delación dentro del sistema inquisitivo mixto, sin embargo, de esa misma forma en que los acuerdos fueron creados, preguntaríamos por qué no se crearon otras herramientas para poder blindar al sistema inquisitivo en defectos del tema de la convocatoria, notificaciones, que son un problema a futuro, así como la dotación de recursos.

¿Por qué no se hizo?
Creería que, frente a la justicia y sus clamores de mejores días, toda la sociedad se queda sin una ruta sin recorrer, y hay que mencionarlo, no existe liderazgo político en materia de justicia que produce entonces que uno solo reflexione cuando el caso está inmerso en obstáculos y debilidades con reproches para la persona. Yo creo que en este momento ya no es un reproche a la persona, es un tema de la estructura del estado que ha permitido el abandono de la justicia y lo que vaya a ocurrir con el caso Odebrecht es un reclamo para los tres poderes del estado en donde advertir que el sistema inquisitivo mixto estaba plagado de defectos y que requerían su auxilio, debió ser en épocas tempranas y no cuando empieza el debate cuando se debe mantener neutralidad. La conclusión del expediente, en cualquier sentido, va a exponer cómo la justicia panameña operó en desidia durante décadas, porque es el sistema que reguló todos los procesos penales en los últimos treinta años. Esa particular situación hace reflexionar, conociendo todos los defectos de la justicia bajo el sistema inquisitivo mixto, qué ha hecho cada órgano del estado para reclamar mejores días de la justicia y evitar este dime que te digo de caso a caso.

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