En la vista fiscal del caso de sobornos de Odebrecht a políticos panameños figuran los expresidentes Ricardo Martinelli y Juan Carlos Varela por el supuesto delito contra el Orden Económico en la modalidad de blanqueo de capitales, indicó una fuente judicial a este medio
Otra veta de investigación de la Fiscalía consistió en los millonarios aportes que hizo la brasileña durante las campañas políticas de los colectivos que lideraban Martinelli y Varela, Cambio Democrático y el Panameñismo, respectivamente.
La Fiscalía Especial Anticorrupción solicitó llamamiento a juicio para los expresidentes Ricardo Martinelli y Juan Carlos Varela en el caso de sobornos de la constructora Norberto Odebrecht Panamá, según informó una fuente judicial a este medio, que tuvo acceso a la vista fiscal que en este momento se encuentra en el Juzgado Tercero Liquidador.
Ambos exmandatarios han sido imputados por la supuesta comisión de un delito contra el Orden Económico en modalidad de blanqueo de capitales por supuestamente haber recibido dádivas de la constructora aparentemente para asegurarse de proyectos de infraestructura en las respectivas administraciones.
Otra veta de investigación de la Fiscalía consistió en los millonarios aportes que hizo la brasileña durante las campañas políticas de los colectivos que lideraban Martinelli y Varela, Cambio Democrático y el Panameñismo, respectivamente.
El Superintendente de la filial brasileña en Panamá, André Rabello, quien ofreció cinco video entrevistas a la Fiscalía en cuestión enmarcadas el acuerdo de colaboración eficaz celebrado entre ambas partes, identificó pagos a lobistas quienes supuestamente agilizaron tramites burocráticos para la ejecución de proyectos durante tres administraciones gubernamentales y para agilizar cobros del gobierno de turno. Odebrecht ejecutó más de $13 mil millones en contratos con el estado panameño desde 2004 al 2016.
El texto de la Fiscalía en la vista fiscal narra la teoría del caso de cómo ambos exmandatarios cometieron el delito de blanqueo, debe hilar una relación de hechos que evidencien cuál fue la fórmula empleada para esconder los sobornos que entregó la constructora. Un criterio, que en el caso de Varela, mientras se desempeñó como presidente de la República, calificó de donaciones. No obstante, al haberlo imputado por blanqueo, el criterio del Ministerio Público se inclinó por definir el hecho como sobornos. Hecho que ocurrió cuando renunció la entonces procuradora Kenia Porcell y el mandatario Laurentino Cortizo nombró en su lugar a Eduardo Ulloa.
“Lo que expone es que el Ministerio Público al cambiar de cabeza, también lo hizo en pensamiento”, manifestó un jurista a este medio. A criterio de algunos abogados, el hecho de que Varela este llamado a juicio, “da la impresión de que mientras fungió como presidente de la República, se pudo ver un impedimento en la investigación”.
En este caso, el poder, añaden juristas consultados, “parece producir inocentes o culpables, según quién esté al mando”.
La conclusión a la que arribó la Fiscalía, mientras se desarrolló la investigación en relación a las personas implicadas en su momento, no fue tan estricta o de igual dimensión para todos los implicados. En algunos casos hubo intervención de fuerza, allanamientos, conducciones. En un principio la fiscal Zuleyka Moore, quien instruía el sumario por pago de coimas de la constructora en Panamá, no consideró investigar al entonces presidente de la República, Juan Carlos Varela, o remitir las denuncias a la Asamblea Nacional para ponerla en conocimiento de los hallazgos.
Durante el curso de la investigación se celebraron 8 acuerdos de colaboración eficaz y 11 acuerdos de pena con sentencia condenatoria. El voluminoso expediente de 2,194 tomos consta de casi un millón de fojas que están siendo revisadas por el Juzgado Tercero Liquidador.
En la vista fiscal el Ministerio Público pide llamamiento a juicio para 50 personas naturales y 1 persona jurídica y sobreseimiento para 29 (ocho sobreseimientos definitivos y 21 de carácter provisional), investigados por la presunta comisión del Delito Contra el Orden Económico, en la modalidad de blanqueo de capitales, tipificado en el Libro II, Título VII, Capítulo IV del Código Penal, el cual establece una pena de 5 a 12 años de prisión (artículos 254 y 255) y de 5 a 10 años (artículo 256).
De las 50 personas naturales a las que la Fiscalía solicitó llamamiento a juicio por blanqueo de capitales hay tres ex servidores públicos a los que además del delito Contra el Orden Económico se añadió el posible delito Contra la Administración Pública en la modalidad de Corrupción de Servidores Públicos tipificado en el Libro II, Título X, Capítulo II del Código Penal, el cual establece una pena de cuatro a ocho años de prisión.
Durante el curso de la investigación se celebraron 8 acuerdos de colaboración eficaz y 11 acuerdos de pena con sentencia condenatoria. El voluminoso expediente de 2,194 tomos consta de casi un millón de fojas que están siendo revisadas por el Juzgado Tercero Liquidador.
En un boletín previo, el Ministerio Público señaló que dentro de la investigación se pudo establecer que la caja no contabilizada de Odebrecht, con su compleja estructura, utilizó la banca nacional y extranjera transfiriendo dinero ilícito a servidores públicos y sus familiares por un monto superior a los cien millones de dólares, que impactaban directamente en la concesión y pago de obras que desarrollaba el conglomerado en nuestro país.
Para ello los imputados utilizaron sociedades anónimas panameñas y extranjeras, testaferros o interpuestas personas, seguros, contratos ficticios, y financiamiento de campañas políticas.
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