La juez Elkis Martínez negó a la defensa del expresidente Ricardo Martinelli la acción de prescripción del caso pinchazos por el que está llamado a juicio el 22 de junio próximo.
El cómputo aritmético realizado en la audiencia indicó que no prescribió el caso. El pasado 26 de mayo, el Tribunal Superior de Apelaciones declaró la nulidad de la decisión adoptada por la juez de Garantías al considerar ausencia de motivación y en consecuencia ordenó que la juzgadora se pronunciara exclusivamente sobre la prescripción de la acción penal de fondo, frente a los planteamientos esbozados en primera instancia.
Ante la decisión de este viernes 28 de mayo, la defensa apeló la decisión y se fijó fecha para el próximo 4 de junio en la mañana.
Al salir el fiscal indicó que se encuentra preparado para una audiencia de juicio, lo importante es que la juez se manifestó de manera académica y rechazó la petición de la defensa. "Esta solicitud de prescripción puede ser objeto de apelación, habría que ver lo que van argumentar, pero lo importante es que los tiempos están claros. Para la Fiscalía está claro que el proceso se mantiene vigente", indicó el fiscal Aurelio Vásquez. Si el resultado de la decisión del Tribunal de Apelaciones es positivo para la defensa, el juicio programado para el próximo junio por delito de escuchas telefónicas quedaría suspendido.
El 8 de junio de 2015 se admitió el proceso en cuestión en contra de Martinelli. La Corte posteriormente señaló en otro fallo que la imputación se daba con la admisión del proceso, según la Ley 55 del 2012, cuando modificó el proceso especialísimo contra los diputados. Este ha sido el reclamo de la defensa del exmandatario, que argumenta que dicha imputación nunca se efectuó.
Lo que señala el abogado Carlos Carrillo, defensa de Martinelli, es que la juez negó la prescripción porque consideró que en la admisión de la causa estaba implícita la imputación y se interrumpió en junio de 2015, la defensa insiste en que no ha habido imputación. "La discusión en derecho se centra en si se interrumpió la prescripción cuando se dio la admisión o no", señaló Carrillo a este medio, De ser así, con esa interrupción, el término correría a partir del 8 de junio de 2015 y no desde mayo de 2014 como reclama la defensa, lo que representa 13 meses de diferencia.
Durante la audiencia la juez indicó que la defensa de Martinelli "no le había dado los suficientes elementos para avalar la prescripción y que al escuchar los alegatos, por falta de argumentación", mantenía su criterio y comenzó a tomar en cuenta el tiempo desde junio de 2015.
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