En una nota firmada por 238 personas se solicitó al Tribunal Electoral rechazar el proyecto 18, 'por inhumano y confundir las tareas del Registro Civil'. El escrito legislativo otorga a las madres el derecho a registrar a los no nacidos y establece protocolos en los hospitales para la entrega de los restos
La discusión del proyecto de ley número 18 en la Asamblea Nacional, por el cual se crea el registro de concebidos no nacidos ha generado un debate entre dos sectores de la sociedad, tanto en el aspecto jurídico (en cuanto a los derechos que adquiere el registrado), así como en el ámbito social y psicológico que representa la pérdida para la madre de un no nacido. En una posición se agrupa la organización el derecho a la madre que ha respondido al proyecto con el lema “Respeto al dolor de la madre”, que integran feministas, abogados, la Asociación de empleados de la Caja de Seguro Social; Abogadas Feministas de Panamá; Alianza de Mujeres; el Comité de América Latina y el Caribe para la Defensa de los Derechos de las Mujeres, entre otras 15 organizaciones. Mientras que quienes apoyan la idea, su mayoría son de corte religioso como: Hosana; Fundación un Nuevo Amanecer; Funrecristo; Fundación de líderes transformación; Biblia Thompson, entre otras.
Se trata de un proyecto corto, de nueve artículos, que se detalla más adelante, pero cuyo propósito fundamental, según la diputada proponente Corina Cano, integrante de la Comisión de la Mujer, la Niñez y la Familia, “genera el derecho a la madre a solicitar el registro en el registro civil y que se establezca un protocolo en el hospital sobre el deber de preguntar a la madre que perdió su bebé, si desea retirar los restos del concebido no nacido (sin importar la edad gestacional en que ocurrió la pérdida) para hacer la sepultura y lo que corresponda”, resumió la diputada a La Decana.
La iniciativa no convence a un grupo de 238 personas que firmaron el 22 de marzo una carta dirigida al presidente del Tribunal Electoral, Heriberto Araúz, en la que solicitan “no avale el proyecto por vulnerar los derechos humanos”. Lo califican de “improcedente e innecesario por violar el ordenamiento jurídico y confundir las normas y tareas del Registro Civil”.
Añaden que este ritual hará a las mujeres revivir lo sufrido durante el duelo, por lo que se trata de un proyecto “inhumano” que viola sus derechos, entre ellos la intimidad, privacidad y salud mental, sin ofrecer una respuesta verdadera a las necesidades que atraviesan las madres cuando sufren una pérdida. Agregan que la burocracia no ayuda a resolver el duelo perinatal, sino que lo empeora y el escrito presenta incompatibilidades con las normas y protocolos de salud.
En la nota se rechaza la forma en que se debatió el tema en la Comisión, porque “sólo se permitió el uso de la palabra a dos personas de la sociedad por dos minutos, no obstante, en el informe de la comisión dice que los diferentes representantes de las instituciones y la sociedad civil expresaron lo positivo de la iniciativa”, argumentaron ante el presidente del Tribunal Electoral.
El texto del proyecto establece que se registrarán las defunciones que ocurran en el vientre materno, cualquiera que sea la causa, edad gestacional o peso, que tuviera el momento del fallecimiento. La finalidad es otorgar el derecho a un nombre del no nacido, por lo tanto, no es una inscripción, no es objeto de rectificaciones u otorga derechos de filiación, sucesorios o patrimoniales.
Ante esto, las organizaciones que se oponen se preguntan, cuál sería el procedimiento en caso de perder a un bebé de nueve semanas, o menos, ¿qué entregarán a la madre? “Ya existe un protocolo del Ministerio de Salud en el que se entregan los restos si el feto pesa más de $500 gramos o por cierta cantidad de semanas”, expresó a La Estrella de Panamá, la abogada Marina Pérez, directora ejecutiva de Fundamorgan.
El escrito legislativo plantea que el centro hospitalario debe preguntar a la madre si desea o no que le entreguen los restos del no nacido, en caso afirmativo, “debe cumplir con la autopsia de interés para la salud pública y los eventos de salud pública de notificación e investigación obligatoria”. La autenticación del formulario será realizada por el hospital, clínica o centro donde ocurrió la defunción. Si desea incluir los datos del padre en el registro, debe señalarlo expresamente o éste debe dar su consentimiento. El proyecto contempla un plazo de dos años para hacer el trámite. Los restos podrán ser reclamados en un periodo de 30 días calendario.
“Por las innumerables situaciones que se presentaron producto a la discusión, se acercaron muchas madres y decidimos no limitar el tiempo gestacional independientemente del tiempo de gestación, pero la ley establece el tiempo que debe transcurrir para el reclamo y hacer el registro, por eso se estableció hasta de 30 días para el reclamo y dos años para hacer el trámite del registro”, explicó la diputada Cano.
Sobre la obligatoriedad o no del procedimiento, el movimiento feminista no ve grises en la aplicación de la ley, para ellas es obligatorio. Pero Cano respondió que el texto especifica que se trata de un asunto voluntario, “no existe tal obligatoriedad”. “Por ejemplo: la Ley dice que las mujeres nos ponemos el apellido de los esposos. Y esa ley dice que es voluntario”, expresó a este medio la diputada.
Entre las ideas que surgieron, se propuso ubicar a las madres con pérdidas en un área del hospital que no fuera la maternidad, pero como dijo Cano, esto conllevaría gastos a los nosocomios, así que se sugirió que en la medida de los posible se ubique a la mujer en una sala en la que no necesariamente tenga que convivir con madres que arribaron al nacimiento de su bebé en un feliz término.
El proyecto de ley se discutió en la Asamblea en 2019 en su primer debate, pero en el momento, de acuerdo con Cano, arribaron a la mesa importantes modificaciones por parte del Registro Civil centradas en la forma de procedimientos para el trámite. La contraparte argumentó que no continuó su curso debido al rechazo de gremios médicos y la sociedad civil, instituciones gubernamentales como el Ministerio de Desarrollo Social y el Registro Civil.
En febrero de 2020 se presentó el documento una vez más y se aprobó en primer debate. Un año después la Asamblea devolvió el proyecto a primer debate, momento en que las opositoras alegan que se les privó de participar en una consulta extensa y de tener acceso a documentación importante.
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