Ayer no fue un buen día para el exsecretario del Consejo de Seguridad Nacional, Gustavo Pérez. Recibió dos condenas de prisión, una de 120 meses por el delito de peculado en perjuicio del Fondo de Inversión Social (FIS) por la compra de un equipo de seguridad, o máquina pinchadora, mientras que en el segundo caso la Sala Segunda de lo Penal de la Corte Suprema de Justicia confirmó una sentencia en primera instancia de 50 meses de prisión por las interceptaciones telefónicas efectuadas.
Pérez ya pagó cuatro años en prisión por una condena de 60 meses correspondiente a un tercer caso por posesión ilícita de armas, es decir, por no portar el permiso de unas armas de colección que guardaba en su residencia.
Ayer se comunicaron los dos primeros fallos. En el segundo la Corte además confirmó la sentencia a 50 meses de Alejandro Garúz, también exdriector del Consejo de Seguridad Nacional. Ambos accionaron a la última vía de apelación, la casación, pero sin éxito. Quedó en firme la sentencia proferida en enero de 2019 en contra de los mencionados por los delitos de inviolabilidad del secreto y derecho a la intimidad.
La pena en el último caso, no obstante, al tratarse de menos de cinco años de prisión, es permitida la sustitución o conmutabilidad por días multa.
El fallo emitido por la Corte este lunes 13 de marzo en el caso de los pinchazos estableció que la defensa de los exsecretarios no logró demostrar cargos de injuridicidad respecto a los motivos (y al tratarse de causales de naturaleza probatoria la infracción ocurre de manera indirecta al producirse la violación directa de las normas adjetivas), por lo cual mal puede estimarse se ha verificado violación a la norma sustantiva. En palabras simples, una fuente del Ministerio Público explicó que el argumento que presentó la defensa en la última e inapelable vía judicial, no desvirtúa el caudal probatorio presentado en primera instancia, mediante el cual se impuso la condena en primera instancia.
Este medio intentó conocer la versión de los abogados de ambos exfuncionarios, pero sin éxito.
Por la compra de la máquina pinchadora, el Juzgado Primero Liquidador de Causas Penales del Primer Circuito Judicial de Panamá declaró también penalmente responsables al exdirector del extinto Programa de Ayuda Nacional (PAN) Giácomo Tamburelli, ambos como autores del delito contra la administración pública, en la modalidad de peculado, en perjuicio del Fondo de Inversión Social (FIS), actualmente denominada Dirección de Asistencia Social (DAS).
El tribunal estimó en su fallo condenatorio del 10 de marzo de 2023, que ambos exfuncionarios, “ante su falta de cuidado e incumplimiento de los deberes como directores en su momento, permitieron que ocurriera un perjuicio económico al Estado por la suma de B/. 10,871,857.48, en virtud de la compra de un equipo de seguridad altamente sensitivo, de conformidad con la auditoría efectuada por la Contraloría General de la Nación”, se lee en una nota de prensa.
“Se evidencia la intención dolosa de los sindicados, toda vez que ejecutaron acciones tendientes a la adquisición de un equipo cuya necesidad es cuestionable, valiéndose de los recursos del Estado asignados a una entidad que debe destinar dichos recursos a actividades meramente sociales en pro de los más necesitados”, recalca la sentencia.
Sobre Tamburelli también pesa un segundo caso en la Fiscalía Anticorrupción, por la supuesta compra irregular de instrumentos musicales para el Ministerio de Educación, por el cual recibió un cambio de medida cautelar de casa por cárcel en 2016.
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