Ley que modifica obligación de registros contables ‘es imposible de cumplir’

La necesidad de mantener registros contables detallados de todas las sociedades anónimas encarece el servicio. Los abogados coinciden en que se ofreció más de lo necesario para salir de las listas, y que ahora está en riesgo el negocio


Cumplir con la ley 254  que legisla sobre transparencia fiscal internacional y prevención de blanqueo de capitales, entre otros, parece una tarea titánica e imposible para las firmas de abogados.

La ley fue promulgada en noviembre de 2021 con el fin de ayudar al país a salir de las listas grises. No de la lista del Grupo de Acción Financiera (Gafi), en la que hay avances sustanciales para deslistar a Panamá el próximo semestre. Tampoco de la lista de la Unión Europea que incluyó a Panamá basado en la acción del Gafi. La ley 254 es consecuencia del compromiso que adquirió el país ante la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (Ocde) que emite el Reporte Estándar Común, un requisito de recopilación de información y presentación de informes para las instituciones financieras en los países participantes que busca combatir la evasión fiscal y proteger la integridad de los sistemas tributarios.  

La ley obliga a los abogados a mantener registros contables de sus clientes, y deben tenerlos antes del 30 de junio.

Dicha obligación ha ido evolucionando. De pedir que las empresas con operaciones extranjeras tuvieran registros contables, se exigió  que el agente residente conociera dónde están ubicados y con quién, hasta la preservación de los mismos.

Esto inició antes del 2015, cuando se introdujo por ley como un compromiso para salir, nunca se ejecutó. Pero durante este tiempo la discusión sobre qué significa registros contables ha quedado en pausa.

La Ocde mira a Panamá como un país “parcialmente cumplidor” en intercambio de información tributaria.

“Hemos sido tan asnos que nos estamos comprometiendo a una regulación que lo único que garantiza es el eterno incumplimiento”, indicó Adolfo Linares, candidato a diputado y eterno crítico de la posición que ha adoptado el país para salir de las listas grises.

Linares no tiene esperanza de que salgamos de las listas, “siempre habrá algo”, dice. “El objetivo es terminar con nuestro sistema impositivo competitivo, que pone en desventaja a los europeos quienes pagan impuestos “infernales”, califica Linares.

Al igual que otros de sus colegas dice que “es imposible cumplir con la ley, porque como abogados también debemos hacer un análisis transaccional de los clientes, un trabajo para los bancos, no para las firmas que cobran otro tipo de honorarios”.

La ley los tiene en jaque. Pero la falta de regulación, programada por segunda ocasión para fin de año, sin certeza de que ocurra, hace que cada firma cumpla de acuerdo a su criterio. Por ejemplo, un abogado explicó la incomprensión de por qué se debe hacer un registro contable de una propiedad a nombre de una sociedad anónima. “Son costos innecesarios. Nuestras sociedades se van a volver las más caras del sector  y nos van a sacar del mercado, tarde o temprano”, aseguró.

Los consultados coinciden en la necesidad de hacer cambios a la legislación, pues consideran que los negociadores panameños comprometieron más de lo solicitado y más que otras jurisdicciones, sin medir las consecuencias de su implementación y los costos que generaría, al punto de poner en riesgo la actividad por la desventaja frente al resto de las jurisdicciones. “Se han dado cuenta de que la ley es incumplible, por eso no la han reglamentado”, explicó un conocedor de las negociaciones para salir de las listas.

El negocio, dicen, simplemente se lo llevan otros, no desaparece.

¿Cómo se llegó a este extremo? “Alguien solicitó a Panamá, ya sea del exterior  o a través de un funcionario(a)  del MEF, que la manera de hacerlo era incluir el diario y mayor de la contabilidad, y cedieron”, contó el abogado empapado de las negociaciones.  

El diario y mayor refiere a los registros contables que abarcan informes diarios de todas las transacciones del ciclo contable, ventas, cobros, bancos. Mientras que el mayor es un resumen diario que se acumula mensual, trimestral o anualmente. Todos estos papeles, de cada cliente, deben estar en manos de los agentes residentes por espacio de cinco años, aunque la sociedad haya sido disuelta, en caso de que alguna autoridad los requiera.

Otras jurisdicciones resolvieron el tema “aportando información de la actividad del cliente y dónde se encuentran los registros contables. Si faltan, la sociedad recibe la multa, no al agente residente como ocurre en Panamá donde los abogados pueden ser multados por la Superintendencia de Sujetos No Financieros (SSNF) desde mil a cinco mil dólares por cliente, o multas más severas”, explicó Linares.

Las firmas se enfrentan con la resistencia de sus clientes a entregar información confidencial, pues desconocen su futuro uso o para qué lo piden. Por otro lado, si el cliente no proporciona lo solicitado puede quedar sin agente residente y la sociedad en estado de suspensión.

“Los agentes residentes deben evaluar el riesgo de sus clientes y contar con los mitigantes necesarios para proteger sus operaciones, lo cual solo pueden alcanzar a través de una correcta evaluación de riesgos”, informan desde la SSNF.

“No tenemos esa capacidad. El cliente manifiesta para qué utiliza la sociedad, pero no somos banqueros”, señaló un abogado de la localidad que ha visto disminuido el negocio.

“Dos tercios de los clientes, o se han ido, o las firmas han renunciado como agentes porque no presentaron la documentación”, se lamentó el mismo abogado.

Anteriormente bastaba con identificar quién poseía los registros y en caso tal tenían 15 días para conseguirlos, “de lo contrario renunciábamos a la sociedad”, explicó.

“Esto  es una crónica de un fracaso anunciado, que además  se nos restregará en la cara  para reclamarle a Panamá  otro incumplimiento con el que justificar volver a zamparnos en listas, si es que algún día llegamos asalir”, sentenció  el abogado Eloy Alfaro.

UE EXIGE MÁS QUE GAFI 

Salir de la lista del Gafi no es un pasaporte directo para ser excluidos como paraíso fiscal de la lista de la Unión Europea.

Ya lo avanzó la embajadora de la Unión Europea (UE) en Panamá, Izabela Matuzs durante el programa En Contexto de Eco. Antes de que Europa saque a Panamá de su lista debe estar convencida del tiempo de respuesta y la sostenibilidad al  solicitar información. Aunado a esto, que la base de datos del beneficiario final esté al 100% (hasta ahora  un 70%) y sea accesible.

“Ustedes tienen un sistema tributario que puede atraer a las empresas que usan servicios y funcionan en la UE y deberían pagar impuestos. Pero, para limitar la huida de las empresas necesitamos cooperación de los países a donde van las empresas”, subrayó Matusz.  

Una fuente enterada del tema indicó que Francia aún espera respuesta a varias solicitudes que refieren a información de los Panama Papers, “difícil de cumplir porque el agente residente, Mossack Fonseca, no existe”, explicó un economista enterado del tema.

La Estrella de Panamá conoció que se trata de 10 a 15 sociedades panameñas que operan en jurisdicciones de Europa. De acuerdo a la fuente la solicitud se efectuó a la Dirección General de Ingresos, el homólogo del francés, en vez de a la Procuraduría General de la Nación donde se guardan los registros debido a que el caso está pendiente de juicio.

“Al final no se pudo responder a Francia, pero aún es una petición activa. Algunas sociedades están disueltas o suspendidas, piensan que todavía pueden conseguir”, zanjó el economista.

Este medio espera una consulta efectuada al MEF sobre la regulación de la ley 254.

A los europeos les interesa perseguir el dinero producto de la evasión fiscal, y la Ocde establece reglas globales de los países.

Panamá es miembro de la declaración de Punta del Este  del foro global sobre transparencia e intercambio de información con fines fiscales.

Esto especifica que las autoridades competentes tienen la facultad de obtener y proveer los récords contables para todas las entidades y acuerdos. De igual forma subraya que las jurisdicciones no pueden declinar a entregar la información escudándose en el secreto bancario.

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