El presidente del Tribunal Electoral, Alfredo Juncá, comunicó este martes que la institución continúa sin recibir documentación del Órgano Judicial relativa a la condena del candidato presidencial y expresidente Ricardo Martinelli. En este sentido, la entidad no puede pronunciarse antes de tiempo sobre las implicaciones electorales ocasionadas por la sentencia condenatoria que pesa sobre Martinelli. Acompañado de los magistrados Luis Guerra y Eduardo Valdés Escófery, los magistrados en Pleno, el principal intenta calmar la incertidumbre que ronda en la opinión pública sobre el momento en que ocurrirá la inhabilitación de Martinelli para las elecciones de mayo próximo.
El procedimiento para esto, según indicó la entidad en comunicados previos, consiste en dos instancias. Inicia en un juzgado administrativo electoral y dependiendo de la decisión el afectado puede apelar al pleno del Tribunal. De igual forma, el artículo 180 de la constitución prohíbe la elección de un presidente o vicepresidente quien haya sido condenado por delito doloso con pena privativa de la libertad de cinco años o más, mediante sentencia ejecutoriada proferida por un tribunal de justicia.
La juez Baloisa Marquínez sentenció al exmandatario a 128 meses de prisión y una pena accesoria de $19.2 millones como multa por el delito de blanqueo de capitales en el caso New Business, juicio realizado en octubre de 2023. En la condena suscrita por la juez, no obstante, no inhabilitó al expresidente al ejercicio de cargos públicos, puesto que impuso la multa pecuniaria. La pena accesoria resulta como consecuencia de la principal. De acuerdo al capítulo de Penas Accesorias del Código Penal, en su aplicación el juzgador deberá seleccionar entre las penas previstas según la gravedad o naturaleza del delito, tenga relación directa con el delito o contribuya a evitar el peligro para los derechos de las víctimas. La pena accesoria es de aplicación obligatoria y tendrá una duración no superior a la principal, además comenzará a cumplirse después de que finalice la pena de prisión, salvo la pena de multa, que debe cumplirse cuando la sentencia esté ejecutoriada.
Cuando llegue la documentación, añade la comunicación emitida por Juncá, “el Tribunal Electoral de manera expedita y cumpliendo con el debido proceso se pronunciará al respecto”, zanjó Juncá.
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